viernes, 18 de diciembre de 2009

Ordenes superiores

Brecha 18 diciembre 2009

Premeditación y alevosía.
LA MUERTE DEL TUPAMARO LUIS LUZARDO



Un documento del Instituto Técnico Forense establece sin lugar a dudas la responsabilidad de los médicos que durante seis meses se negaron a brindar asistencia a un prisionero político en el Hospital
Militar, hasta que se produjo su muerte en condiciones inhumanas y absolutamente contrarias al deber profesional.

SAMUEL BLIXEN




¿Qué excusas pueden aducir los médicos que prestaban servicios en la sala 8 del Hospital Militar, en el primer semestre de 1973, para justificar la omisión de asistencia a un preso político internado por una herida de bala que lo había dejado parapléjico, inmovilizado. y al que durante meses se le negaron los más elementales cuidados, no se lo alimentaba, no se lo higienizaba, no se le cambiaban las sondas, no se lo cambiaba de posición en la cama, y que murió -tras una increíble agonía- por desnutrición, atrofia muscular y debilidad, presentando una infección generalizada por llagas que dejaban los huesos al descubierto? ¿Pueden aducir la existencia de órdenes superiores para justificar la complicidad en ese asesinato lento, aberrante, que exhibe extremos increíbles de inhumanidad?
Treinta y seis años después de los acontecimientos, las "órdenes superiores" son el único elemento que explica la conducta de los médicos Victoria Brazeiro, León Sazbón, Jorge Rodríguez Juanotena y Nelson Marabotto, responsables directos de la internación de Luis Roberto Luzardo, detenido en setiembre de 1972 y fallecido en julio de 1973. El juez penal de primer turno, Juan Carlos Fernández Lecchini, que entiende en la denuncia por la muerte de Luzardo. ha previsto para el martes 22 un careo entre el coronel Hugo Arregui (director en 1973 del Hospital Militar) y la doctora Victoria Brazeiro, firmante del certificado de defunción que encubrió las causas reales de la muerte.
Brazeiro admitió en una audiencia del pasado lunes 7 que los términos del certificado fueron impuestos por orden superior. El magistrado intenta establecer la identidad del o los militares que impartieron las órdenes de negar asistencia a Luzardo. Los testimonios de los denunciantes acusan al general Gregorio Álvarez como el responsable último de esas órdenes, impartidas a raíz de la información (errónea) de que Luzardo había participado con otros tupamaros en el ajusticiamiento del general Artigas Álvarez, hermano del dictador. Arregui -uno de los oficiales que en la madrugada del 27 de junio de 1973 entró en el Palacio Legislativo para hacer efectivo el decreto de Juan María Bordaberry que disolvía el Parlamento- deslindó en otras audiencias su responsabilidad sobre lo que acontecía en la sala 8 del Hospital Militar afirmando que ocupaba "un cargo administrativo".
La explicación es pueril puesto que la sala 8 era "una prisión dentro del hospital", y los allí internados estaban sometidos a un régimen especial. Si el coronel retirado mantiene su postura y la doctora Brazeiro se escuda en las "órdenes superiores", la situación del ex director del hospital se tornará más comprometida aun. Pero también es comprometida la situación de los médicos generales y especialistas que tuvieron a su cargo la atención a Luzardo. El informe del Instituto Técnico Forense, firmado por los doctores Alvaro Zabaleta, Zully Domínguez y Domingo Hugo Perona, que realizaron un estudio de la documentación y los testimonios para establecer las causas reales del fallecimiento, deja lugar a dudas sobre las responsabilidades.
En un documento de 23 páginas los especialistas en medicina forense registran los testimonios de varios detenidos internados en la sala 8 y no ponen en duda las afirmaciones coincidentes sobre que existían órdenes expresas de no brindar atención a Luzardo: los médicos pasaban diariamente por la sala pero no tomaban ninguna medida ante la postración del preso; los enfermeros no higienizaban al paciente ("vivía permanentemente orinado y defecado ") y ni siquiera le cambiaban las ropas de la cama. Consignan que durante el primer período de internación Luzardo evidenció una mejoría en la cuadraplejia y llegó a mover los miembros superiores; pero en enero de 1973, después de que fue acusado de participar en la muerte de Álvarez, Luzardo quedó totalmente abandonado; los internados de la sala 8 recibieron una orden expresa que prohibía ayudarlo y lo pudieron hacer sólo en contadas ocasiones.
Personal de inteligencia concurría periódicamente a interrogar a Luzardo y le manifestaba que, si colaboraba, recibiría tratamiento médico. Los especialistas en medicina forense dejan expresa constancia de la actitud de sus colegas: el neurocirujano León Sazbón dice no recordar al enfermo ni la operación y "no está seguro del criterio de manejo, si médico o político", confesión que muestra a las claras hasta dónde llegaba el compromiso con la profesión. El neurocirujano Jorge Rodríguez Juanotena sólo recuerda "lo que me contó la hermana, que se murió de hambre y qué sé yo ". Eso sí, admite que en la sala 8 ni siquiera se podía hablar con los familiares. "Una vez hablé, y el coronel me hizo una observación verbal."
Rodríguez Juanotena explicó que "el que tenía responsabilidad de esa sala era el doctor Marabotto; sobre todo, los que pueden saber son el doctor Boix y el doctor Héctor Morse, interventor del CASMU en la dictadura" (es posible que se trate del mismo Héctor Morse que actualmente ocupa la dirección general de la Asociación Española). La doctora Victoria Brazeiro recuerda el caso, pero no lo tiene asociado al apellido. En realidad recuerda poco: "(Luzardo) estaba en etapa preterminal. Estaba en la cama, postrado, con suero y era tratado por los cirujanos. No recuerdo quiénes eran. Cuando yo lo veía, ponía indicaciones. Los cirujanos no venían, pedí que vinieran, no vinieron. No me acuerdo si tenía escaras, debía tenerlas ". (Las escaras eran múltiples, extendidas y profundas, algunas de ellas "con exposición ósea " y sólo se explican porque Luzardo no era cambiado de posición y permanecía en la cama, habitualmente mojada, lo que acentuaba la pérdida de tejido.) Las aclaraciones de la doctora Brazeiro son confusas: "No tenía órdenes de vera tal paciente, de repente yo no lo veía, pero prohibición no tenía de nadie. El servicio de enfermería dependía de mí, los cirujanos hacían indicaciones y estaba yo, que era quien coordinaba todo". Brazeiro dejó constancia de que no tuvo ningún tipo de presión por parte de las autoridades, pero "en estos casos tenía más cuidado". ¿Cuidado en la atención? No.
"Tenía más cuidado porque sabía que podía tener problemas y trataba de hacer buena letra. " El doctor Nelson Marabotto, responsable de la sala 8, explicó que "en el fuero médico no entraba la parte militar.
Nunca vi a un paciente que hubiera sido torturado", lo que implica que para él mantener a un cuadrapléjico sin movilizar, sin alimentar y sin higienizar no es tortura. En el comentario médico legal, los especialistas forenses subrayan que no existe historia clínica de Luzardo, porque fue destruida.
Afirman que "(Luzardo) era una persona que requería cuidados especiales que no podían realizarse en las condiciones de internación en que se encontraba. De hecho, de las declaraciones de los médicos de la sala 8 no hay mención a la realización de medidas de rehabilitación".
El documento del Instituto Médico Forense es terminante en cuanto a que después de producirse una mejoría en la recuperación de la motilidad, "a partir del mes de enero de 1973, se lo aisla y se le deja poder acercarse. Como resultado de lo antedicho se asiste al progresivo deterioro de Luzardo, hasta su muerte". Los forenses dejan constancia de que los médicos de sala eran el doctor Marabotto y la doctora Brazeiro; "los demás médicos nombrados, consideramos, son especialistas, los que de acuerdo con el régimen de sala concurrían como consultantes en sus especialidades".
Cuando se produce el alta neuro-quirúrgica, la atención "quedó al cuidado de los médicos de sala para el control evolutivo y la etapa de rehabilitación". La conclusión es terminante y desmiente el certificado de defunción emitido por la doctora Brazeiro: "Esta junta médica considera que la causa de
muerte del señor Luzardo fue la caquexia debida al abandono al que desde todo punto de vista fue sometido el señor Luzardo, en dependencias del Hospital Militar". El juez Fernández Lecchini ya cuenta con todos los elementos para definir las responsabilidades directas en la muerte del prisionero.
Las eventuales responsabilidades penales que deberán enfrentar los médicos quizás allanen el camino para establecer quién dio las órdenes para que se dejara morir a Luzardo.









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